Santa Fe: FESTRAM moviliza a la Corte para defender los derechos conquistados

CONVOCADA POR LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS, ORGANIZACIONES SINDICALES, SOCIALES Y POLÍTICAS, REPRESENTANTES DE PYMES, COOPERATIVAS Y MUTUALES, EL PRÓXIMO JUEVES 5 DE MAYO SE REALIZARÁ UN ACTO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, PARA REPUDIAR LA DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DE PRESIDIR EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, EN LA PERSONA DE SU TITULAR, EL SANTAFESINO HORACIO ROSATTI.

CONVOCADA POR LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS, ORGANIZACIONES SINDICALES, SOCIALES Y POLÍTICAS, REPRESENTANTES DE PYMES, COOPERATIVAS Y MUTUALES, EL PRÓXIMO JUEVES 5 DE MAYO SE REALIZARÁ UN ACTO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, PARA REPUDIAR LA DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DE PRESIDIR EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, EN LA PERSONA DE SU TITULAR, EL SANTAFESINO HORACIO ROSATTI.

FESTRAM se suma, junto a los demás gremios de la Corriente Federal de Trabajadores, a esta convocatoria defendiendo nuestros derechos y nuestra historia de lucha.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación pretende arrogarse la facultad de decidir sobre instancias que son exclusivas del Poder Legislativo convirtiendo esta situación en un escándalo de graves consecuencias institucionales, pues entre otras tantas atribuciones, designará jueces, cubrirá vacantes y manejará estructuras y recursos con completa discrecionalidad.

Esta Corte carece de legitimidad social, pues ya cuando el ex Presidente Mauricio Macri nombró por decreto a dos de sus componentes -Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz- sin pasar su designación por el Parlamento, violentó los mecanismos establecidos al efecto.

Es la Corte del 2×1 que pretendía liberar represores culpables de delitos de lesa humanidad,  la que por acción u omisión avaló la persecución de dirigentes políticos y sociales y la que en un fallo donde nuestra Federación fue parte del juicio, plantea la necesidad de avanzar con la autonomía municipal en nuestra Provincia, con considerandos que generan un retroceso en los derechos de los trabajadores y sus afirmaciones constituyen un agravio a la Organización Sindical, imponiendo como derecho fundamental esa autonomía a la que hacemos referencia, por sobre Tratados Internacionales que protegen la progresividad de la legislación social y laboral, como también expresiones de la OIT que no se ajustan a los dictámenes propios del Comité de Libertad Sindical.

PRENSA FESTRAM