Siete Palmas, Formosa: Intendente pagará una multa de $500 por día sino paga sueldos

pesos-argentinos-33
El Dr. Eduardo Belotto, abogado que logró la restitución de doce empleados municipales de la localidad de Siete Palmas, los cuales estuvieron desde el año 2012 sin poder cobrar sus salarios, dialogó con Radio Uno y El Comercial sobre la situación de los mismos actualmente.

El profesional resumió la situación de los empleados indicando que tras el recambio de autoridades luego de las elecciones realizadas en 2011: “El Intendente de Siete Palmas, al asumir, despide a estos empleados que habían sido pasados a planta permanente anteriormente y se interpone una medida cautelar”, dijo.

“El Superior Tribunal de Justicia ordena la restitución de los trabajadores. El Intendente informa al STJ que los trabajadores habían sido reincorporados y en los siguientes días se iba a regularizar la situación de sus salarios”, prosiguió aclarando que esa situación nunca se resolvió totalmente.
“La cautelar nunca se resolvió totalmente y nosotros insistimos. En esta última, el STJ ordenó al Jefe Comunal que pague los salarios caídos desde el momento en que se ordenó su restitución”, detalló.

Al ser consultado sobre cómo se va a concretar dicho pago, afirmó desconocer aún cuál será la respuesta del Ejecutivo Municipal de Siete Palmas, el cual no contestó aún sobre la sentencia que se confirmó hace pocos días: “El miércoles de la semana pasada, presentamos el oficio con la notificación porque eso tiene sus tiempos. En cuanto a los tiempos, todo se dio rápido”, expresó.

Comentó que el intendente tiene unos diez días para cumplir con la orden del STJ. “Este fallo no ordena la reincorporación que ya fue decidida por el STJ. En este caso, el tribunal máximo ordena al intendente que abone los salarios desde el momento en que fue notificado de la medida de reincorporación”, cerró no antes de aclarar que en el caso de no cumplir, el Intendente Leiva, deberá pagar una multa de $500 diarios que saldrán de su patrimonio.

Fuente: El Comercial