Son más de 1.500 los mendocinos en condiciones de tramitar la jubilación de viñateros

Tras haber sido reglamentada la Ley N° 27.643 que permite obtener en forma anticipada (a los 57 años) la jubilación de los viñateros, 1.587 mendocinos ya pueden gestionarla

Tras haber sido reglamentada la Ley N° 27.643 que permite obtener en forma anticipada (a los 57 años) la jubilación de los viñateros, 1.587 mendocinos ya pueden gestionarla

De un total de 2.250 trabajadores de la actividad, que están en condiciones de acceder a la Jubilación de Viñateros, 1.587, el 71%, corresponden a Mendoza. La normativa permite anticipadamente gozar del retiro, siempre que tengan más de 57 años y 25 de aportes al sistema.

Reglamentada, y con sus primeros beneficiarios tramitándola, la nueva Ley de Jubilación de Viñateros, que permite a los trabajadores acceder a este beneficio anticipadamente, espera por 1.587 mendocinas y mendocinos que cumplen las condiciones: haber cumplido 57 años de edad y tener y acreditar 25 años de aporte al sistema de jubilaciones. Ya son cuatro quienes han iniciado los trámites.

Con una amplia mayoría en la masa de trabajadores de las viñas en Mendoza, actualmente son 12.500 las trabajadoras y los trabajadores registrados en empresas con actividad principal de cultivo de vid para vinificar. En tanto, 2.250 ya tienen la edad para acceder a la jubilación anticipada: 1.587, el 71 por ciento, trabaja en Mendoza; 533 -el 24%- en San Juan, y el resto en otros puntos del país.

Tanto mujeres como hombres, que hayan cumplido 57 años y tengan 25 años de aportes, pueden jubilarse anticipadamente según la nueva ley.

El decreto 99/22 reglamentó este nuevo régimen, sancionado en noviembre pasado por el Congreso de la Nación a través de la Ley N° 27.643, que fija la edad de acceso en 57 años indistintamente para mujeres y varones, y la acreditación de servicios con aportes en 25 años. Asimismo, establece un incremento de 2 puntos porcentuales en la contribución patronal.

Tiene importantes similitudes con el Régimen de Trabajo Agrario (Ley N° 26.727), porque comparte muchas de las condiciones de tareas que contempla. La ley explica que la vid no encuentra otra forma de ser trabajada que no sea a través de distintos trabajos manuales de hombres o mujeres, que hacen que el obrero y la obrera de viña transformen su cuerpo en su principal herramienta de trabajo y generan un proceso de desgaste y envejecimiento prematuro en relación con las condiciones de otras actividades laborales.

José Rosales, Joaquín Zalazar, Marcelo Arrué y Osmar Olea fueron los primeros cuatro trabajadores viñateros de Mendoza que iniciaron el trámite para alcanzar el beneficio de la jubilación.

En el marco de los festejos vendimiales, este sábado la directora ejecutiva de ANSES, Fernanda Raverta, presentó junto a la impulsora de la Ley, la senadora nacional Anabel Fernández Sagasti, el nuevo Régimen Previsional para Obreros y Obreras, Empleados y Empleadas y para Contratistas de Viñas en un acto realizado en una finca de Corralitos, Guaymallén.

Fuetne: Uno