Reducción de la jornada y organización del trabajo

La discusión de la ley que limita las horas de trabajo diaria pone sobre la mesa otras cuestiones también atrasadas en la legislación argentina.

La discusión de la ley que limita las horas de trabajo diaria pone sobre la mesa otras cuestiones también atrasadas en la legislación argentina.

El debate por la reducción de la jornada laboral máxima que reanudó la Cámara de Diputados en comisiones tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las y los trabajadores y redundar en una mejora salarial indirecta, pero también permite retomar la discusión acerca de la productividad. ¿Esta debe alcanzarse a través de la intensificación del trabajo o bien mediante incentivos a la inversión en tecnologías e infraestructura? ¿Qué discusión propone el empresariado argentino, cuya perspicacia se expresó esta semana?

En Argentina la jornada laboral se rige por la Ley 11.544 de 1929, que fija 48 horas semanales como máximo, es decir 8 horas por día incluyendo los sábados. Sin embargo, “el promedio es de 34 a 36 horas semanales”, advierte Juan Manuel Ottaviano, abogado laboralista. “La reducción de la jornada máxima legal viene a convalidar un proceso económico que se dio a lo largo de todo el siglo veinte respecto de la distribución de los tiempos de trabajo, no viene a generar algo nuevo”, sintetiza.

Por otro lado, la propuesta del oficialismo es una reducción escalonada de la jornada hasta converger con los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que en 1935 estableció la recomendación de 40 horas semanales máximo en su Convenio. La ministra de Trabajo, Kelly Olmos, respaldó la iniciativa y sostuvo que “Argentina quedó muy retrasada al mantener las 48 horas semanales” y que la jornada debería reducirse pasando de 48 a 44 horas y luego de 44 a 40 horas semanales máximo. “Algunos plantean 36 horas por la experiencia en países desarrollados”, recordó.

En tanto, en diálogo con Página 12, Juan Manuel Ottaviano indicó que “son pocas las tareas dentro de los distintos sectores de actividad que trabajan con jornada completa, de modo que la reducción del tope legal no afectará a toda la economía”. Y agrega que “Argentina tiene un promedio de horas laborales similar al de países en vías de desarrollo o países desarrollados que ya redujeron la jornada legal, pero no tiene similar productividad por hora trabajada y eso es lo que debe discutirse”.

La discusión no debería ser reducción sí o reducción no, sino de qué manera podría implementarse. “En cuánto tiempo se va a reducir la jornada y en cuántas horas, y sabiendo a qué sectores impactará más. Sería interesante que los empresarios brindasen esos datos en lugar de oponerse a cualquier reforma. Y que los sindicalistas sean también protagonistas, que discutamos el cómo”, afirma Ottaviano.

La discusión parlamentaria
“¿Trabajar menos para qué? ¿Está mal trabajar? ¿Estamos en contra del trabajo?”, enfatizó Julio Cordero, vocero de la UIA en el debate de la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados el martes pasado. “¿Para ir afuera a hacer qué?” se preguntaba ante la mirada atónita de algunos legisladores. La visión del empresariado argentino atrasa en este debate, en primer lugar, porque pretende clausurarlo.

Por otro lado, Cordero afirmaba que “ponerle un límite a la jornada no está en debate, puesto que la OIT ya discutió esto y estableció las 8 horas diarias o 48 semanales y Argentina fue pionera en acatar esto, ¿entonces si ya peleé y conseguí esto por qué voy a seguir peleando? Así no se terminan más las guerras”. Para la UIA solo quedaron viejas algunas leyes, como al hablar de “modernizar” los convenios colectivos de trabajo para achicar costos empresarios y flexibilizar derechos. Sin embargo, otras que datan de 1929, entienden que no están desactualizadas ni requieren reformarse.

En Argentina, la jornada laboral se rige por una ley redactada en la década del 30, pero ya en 1935 la OIT modificó su convenio para sugerir 40 horas semanales, y en 1962 redactó la recomendación 116 sobre la duración de la jornada laboral, que es equivalente a su reglamentación. Esta misma fue ratificada por 15 países, entre ellos Suecia, Noruega, Finlandia y Rusia.

La experiencia histórica
“En las economías de principios del siglo veinte, las personas trabajaban 65 horas semanales y se competía según la explotación laboral. Entonces la equiparación a 40 horas semanales produjo un cambio sustantivo y generó un aumento en la contratación de mano de obra para cumplir la jornada completa. La discusión actual es distinta porque la jornada no se reduce de 65 a 45, sino de 48 a 40 y se busca otro efecto que es mejorar la calidad del empleo”, afirma Ottaviano.

De hecho, no sólo deberían discutirse horas sino inversiones necesarias para dar un salto en productividad. Los estudios más recientes muestran que la productividad no disminuye si se reduce la carga horaria sino todo lo contrario, porque aumenta el bienestar del trabajador, se accidentan menos y baja el ausentismo.

“En el caso de Chile, la reducción de la jornada máxima de 45 a 40 horas sancionada en abril fue acompañada con medidas destinadas a empresas mayoritariamente pymes que tuvieran dificultades en implementarla; por ejemplo, si tenían que pagar horas extras, que no era el resultado deseado sino mejorar la organización. También podría darse el caso de que se premie con financiamiento a las empresas que más rápido alcancen el objetivo de reducción de la jornada como incentivo”, afirma Ottaviano.

En los últimos años la productividad mejoró pero no se incrementaron las horas de trabajo, porque justamente aquella no depende exclusivamente de la intensificación laboral. El debate que se abre a partir de la discusión parlamentaria permite enriquecer nuestra mirada sobre el trabajo y la distribución del ingreso laboral.

Fuente: Página 12