Buscan que el Congreso prorrogue la ley de Emergencia Territorial Indígena

La ley 26.160, que fue sancionada a fines del año 2006, suspende el desalojo de las tierras habitadas por pueblos originarios y vence a fines de noviembre.

La ley 26.160, que fue sancionada a fines del año 2006, suspende el desalojo de las tierras habitadas por pueblos originarios y vence a fines de noviembre.

Es imperativo que el Congreso de la Nación trate la prórroga a la Ley de Emergencia Teritorial Indígena que resguarda, entre otras cuestiones, las tierras habitadas por los pueblos originarios en Argentina. La ley 26.160, sancionada a fines del año 2006, vence el próximo noviembre y existen diversos proyectos en el Congreso para extenderla hasta 2021.

El Senado debatió esta mañana en labor parlamentaria si incluía su tratamiento en la próxima sesión sobre tablas, pero finalmente lo excluyó. La única opción que resta en este escenario es que alguno de los senadores pida incluir su tratamiento en la próxima sesión y que la moción sea votada por los 2/3 de la cámara. Se estima que el pedido podría provenir de la senadora Anabel Fernández Sagasti, del FPV, una de las autoras del proyecto.

Según un informe elaborado por Aministía Internacional Argentina, la mayoría de las comunidades indígenas del país no cuentan con un “reconocimiento legal de sus tierras acorde a sus formas de uso y ocupación tradicional”, lo que deriva en la “desposesión histórica de grandes extensiones de sus tierras por estancieros y por la presencia de empresas agropecuarias, petroleras y mineras”.

La Constitución Nacional Argentina de 1994 reconoce en su artículo 75 “la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas” y señala que debe garantizarse “la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que ocupan, y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano”,continúa el texto.

Argentina además ha ratificado varios instrumentos internacionales fundamentales para los pueblos indígenas, como el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y adoptado la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

La Ley de Emergencia Territorial Indígena o ley 26.160 fue sancionada a fines del año 2006 con el objetivo de relevar las tierras ocupadas por las comunidades indígenas a lo largo de toda la Argentina. La norma suspendía los desalojos y obligaba a la realización de un relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominial de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas, a cargo del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).

Hasta el momento, de 1532 comunidades que hay identificadas en el Programa Nacional de Relevamiento Territorial Indígena (RETECI), solo han sido relevadas en el marco de esta ley 759 comunidades, un 49% del total.

¿PORQUE ES NECESARIA LA PRÓRROGA DE LA LEY?

La prórroga de la Ley es necesaria ya que hay al menos 623 comunidades registradas sin relevar. «Éste, incluso, constituye un dato parcial que, de acuerdo a lo informado por el INAI, varía y se amplía a medida que se avanza en el proceso de registro de comunidades», indican desde Amnistía.

Asimismo, 303 comunidades no han visto concluido el proceso de relevamiento. Hay al menos 13 provincias que, o bien no hay iniciado el proceso de relevamiento, o bien el relevamiento está aún en proceso.

El 60% de las comunidades registradas por el INAI quedarán a la deriva de no prorrogarse la norma y verán trunca su posibilidad de ver relevado su territorio.

La 26.160 brinda seguridad jurídica a las comunidades indígeneas y es fundamental para que puedan avanzar en los procesos de reivindicación y titulación comunitaria de sus territorios. Además, es una herramienta de resistencia para frenar los desalojos injustos hasta tanto no se culmine el relevamiento.

Fuente: InfoNews