Aprobaron en Río Cuarto el primer Registro de Cultos de la Provincia

Todos los cultos religiosos deberán inscribirse en el Registro Municipal de Río Cuarto.

Todos los cultos religiosos deberán inscribirse en el Registro Municipal de Río Cuarto.

La normativa, inédita para un municipio de Córdoba, recibió el apoyo unánime de los ediles.

El Concejo Deliberante de Río Cuarto aprobó ayer por amplia mayoría el Primer Registro Municipal de Cultos de la Provincia, a partir de un proyecto de ordenanza promovido por la concejala radical Viviana Pomiglio.

Por este medio, se formalizarán las relaciones institucionales existentes entre el Municipio y las diferentes confesiones religiosas que trabajan en Río Cuarto. Todas ellas deberán inscribirse, dejando expresamente determinado quienes son sus representantes y cuáles son sus dogmas de fe.

Con este registro se le dará un marco institucional y de transparencia a las ayudas que reciben algunas congregaciones que en algunos casos, realizan pedidos para utilizar los espacios públicos, recibir condonaciones de impuestos o apoyos distintos tipos.

“Consideramos importante, como Estado municipal, contar con la información que nos permitan saber qué congregaciones o cultos existen nuestro medio pero también, para todos los vecinos que lo requieran, puedan acceder también. Esto va a permitir, además, a todas estas comunidades ser invitadas a participar en las decisiones que les atañen en cuanto a familias, principios, valores, contención de los jóvenes, ancianos, enfermos, privados de libertad y adicciones, trabajos que ya se están realizando”, dijo la concejala Pomiglio en relación al proyecto de su autoría.

“Consideramos que la religión para quién la profesa, constituye uno de los elementos fundamentales de su concepción de la vida.

Creemos en tal sentido que la libertad de convicciones en la materia, deben ser no solamente, respetadas sino garantizadas”, completó la edil radical.

El flamante Registro de Cultos es inédito para un municipio de Córdoba. Consta en total de seis artículos diferentes. En el numero 2 se exige a todas las iglesias, comunidades religiosas, confesiones, o grupos que gozan de personería jurídica, inscriptas en el registro respectivo de la Dirección Nacional de Culto que hagan lo propio en el Municipal”.

Las diferentes organizaciones deberán acreditar: denominación, domicilio, número de registro nacional, y personería jurídica, como así también todo otro dato que se solicite para su inscripción.

Cualquier modificación que suceda sobre cambio de dirección o de Ministro o religioso deberá ser informado en un plazo no menor a los 30 días a la Subsecretaría de Gobierno del municipio.

Pese a que el tema de las religiones o cultos suele generar siempre polémicas, en el Concejo Deliberante de Río Cuarto la normativa fue aprobada por los diez representantes del bloque oficialista y por el concejal del Bloque Encuentro Ciudadano. En cambio, se opusieron los ediles de Unión por Córdoba-Frente para la Victoria.

El Registro entrará en vigencia una vez que sea promulgado por el intendente municipal Juan Jure.

Fuente: La Mañana de Córdoba