Capilla del Monte: concejales recurren al TSJ contra decretos del intendente Sez
25/03/2014 POLÍTICAPlantearán la existencia de un conflicto de poderes contra el jefe comunal por sendos decretos ambientales.
El Concejo Deliberante de Capilla del Monte decidió iniciar una serie de acciones ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) con el fin de lograr la declaración de ilegalidad de los decretos 025/14 y 028/14 suscriptos por el intendente Gustavo Sez el pasado 6 de febrero con el fin de regular la construcción de nuevas viviendas en la zona montañosa.
A juicio de los ediles, el jefe comunal se extralimitó en sus funciones, al regular en una materia que le compete legislar de manera exclusiva al Concejo Deliberante, según la Ley Orgánica 8102.
El cuerpo legislativo autorizó además a su presidente a contratar algún abogado con el fin de que le brinde asistencia técnica y patrocinio legal en el planteo de conflicto municipal de poderes con el Departamento Ejecutivo que se presentará ante el Tribunal Superior.
A la hora de aprobar esta acción, los concejales de Capilla del Monte tuvieron en cuenta que el intendente Gustavo Sez avanzó con los mencionados decretos de febrero en la regulación de un tema ambiental más que polémico para la ciudad como es la prohibición de nuevas construcciones por encima de la Cota 1060. Para los integrantes del Concejo Deliberante, las medidas adoptadas por el Departamento Ejecutivo vulneraron atribuciones propias y exclusivas del cuerpo, en materia de legislación sobre planes urbanísticos, uso de suelos, planes de edificación y medio ambiente.
Según el Concejo Deliberante de Capilla del Monte, los decretos de Sez representan una flagrante violación al principio de división de poderes y atribuciones conferidas a cada organismo por lo que devienen en nulos.
Finalmente, los ediles sostienen que “al arrogarse el Departamento Ejecutivo funciones que ninguna norma le reconoce de forma expresa, ni implícitamente, deja planteado un conflicto institucional entre los órganos de gobierno de la órbita municipal, los cuales deberán ser resueltos restableciendo el orden quebrantado, por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba”.
En consecuencia y teniendo en cuenta los fundamentos mencionados, los ediles rechazaron por ilegales, inconstitucionales y arbitrarios los decretos 025/14 y 028/24 del intendente Gustavo Sez por haber regulado materia de exclusiva competencia del Concejo Deliberante. En la misma sesión, decidieron avanzar con el planteo de conflicto de poderes ante el Tribunal Superior de Justicia.
Antecedentes
La decisión de prohibir o no nuevas construcciones por encima de la Cota 1060 mantiene dividida a la ciudad de Capilla del Monte desde hace varios años.
Mientras diversas organizaciones ambientalistas y algunos partidos políticos sostienen la necesidad de impedir edificaciones por sobre ese nivel, la mayoría de los concejales sostiene que muchos vecinos de la ciudad tienen terrenos desde hace años por arriba de la Cota 1060 y en consecuencia no se les puede prohibir edificar. Hacerlo implicaría generar decenas de juicio contra el Estado municipal.
Los ambientalistas sostienen que la legislación provincial protege esas áreas ambientales, por sus características de flora y fauna y por estar en el origen de muchos de los recursos hídricos de la ciudad.
Desde la otra vereda se argumenta en cambio que la norma provincial sólo rige para sectores no urbanizados y que los que están en juego en Capilla del Monte pertenecen a vecinos que tienen derecho a construir siempre y cuando respeten determinadas exigencias.