El Concejo santafesino rechazó un veto de Corral sobre un elemento clave para la TGI
Antes, el Ejecutivo dictaba subas en el valor de metro cuadrado de terreno (VT) para cada zona inmobiliaria de la ciudad. El VT es un factor que incide en el cálculo de la Tasa de Inmuebles.
09/05/2018 POLÍTICAAntes, el Ejecutivo dictaba subas en el valor de metro cuadrado de terreno (VT) para cada zona inmobiliaria de la ciudad. El VT es un factor que incide en el cálculo de la Tasa de Inmuebles. Ahora, el Concejo “recupera” la potestad de aprobar o no toda nueva valuación.
Sobre cada nueva actualización del valor del metro cuadrado de terreno que dictamine el Ejecutivo, el Concejo ahora la tratará en recinto y deberá expedirse (aprobarla o rechazarla) dentro del término de tres sesiones.
Fue quizás la primera “victoria” política de la oposición en el Concejo este año. Pasó casi desapercibida, al final de la última sesión: los ediles del PJ y del FPCyS lograron imponer dos tercios de manos alzadas y así, rechazar un veto parcial (el tercer rechazo en los últimos dos años) que había enviado el Ejecutivo a una ordenanza modificatoria. El voto negativo de los cuatro ediles oficialistas (UCR-Cambiemos) no alcanzó para evitar el “cachetazo” legislativo al intendente José Corral.
La clave para entender el tema es el artículo Nº 5 (sobre Avalúo Fiscal) de la Ordenanza Nº 12.226, que es la Tributaria Municipal, norma “madre” donde se fijan todos los tributos a que están sujetos los contribuyentes de la ciudad. En la anterior redacción, ese artículo establecía que el Ejecutivo tenía la potestad de fijar las “actualizaciones” de los valores del metro cuadrado de terreno (VT), uno de los elementos que componen la fórmula de cálculo de la Tasa General de Inmuebles (TGI).
En el cálculo de la TGI se toma —primero— el Valor del Terreno (VT), o los metros cuadrados de superficie de cada unidad catastral. Cada metro cuadrado tiene un valor que se aplica en cada una de las 43 Zonas Inmobiliarias (ZI) de la ciudad. Segundo, el Valor de la Mejora Edificada (VME); tercero, el Coeficiente de Infraestructura y servicios (CIS), o sea, si un inmueble tiene más servicios, su valor catastral aumenta.
El Ejecutivo tenía así en su poder el dictado del acto administrativo para (en base a relevamientos trimestrales de los valores medio de la plaza que realiza la dirección de Catastro y del Observatorio de Valores Inmobiliarios Municipales, publicaciones del Colegio de Arquitectos, etc.), “actualizar” per se los valores del metro cuadrado de superficie por cada Zona Inmobiliaria. En rigor, aumentó estos valores en diciembre (ver El Dato).
La decisión de eventuales subas en la VT no estaba sometida a estudio y tratamiento del Concejo. El Ejecutivo sólo debía remitir al Deliberativo “un informe donde se puntualizaran los aspectos y criterios analizados para cada nueva valuación” (es decir, “actualización”), dice la ordenanza Nº 12.226 (art. 6). Pero el Concejo no decidía.
Ahora, eso cambia. ¿qué dice la modificación aprobada por el Concejo, que intentó ser vetada por el Ejecutivo? Que cada nueva propuesta (de “actualización” sobre el Valor del Terreno) “será evaluada por el Ejecutivo y remitida al Concejo para su tratamiento y consideración, quien deberá expedirse dentro del término de tres sesiones desde la toma de estado parlamentario del expediente. Pasado dicho plazo sin pronunciarse, operará el rechazo”. Esto es, se rechaza en forma ficta, de hecho, sin despacho que llegue a recinto para su tratamiento, automáticamente.
En síntesis: con el rechazo al veto parcial de Corral, ahora el Concejo se “devolvió” a sí mismo la potestad de tratar, aprobar o no, toda nueva actualización de subas en el valor del terreno, un elemento que —se insiste— impacta de lleno en la determinación del valor de la TGI que paga cada vecino de Santa Fe.
Argumentos del veto
Según el mensaje del veto parcial (Nº 1, el primero de este año, enviado por el Ejecutivo al Concejo con fecha 15 de enero), el artículo en cuestión (que se observaba) argumenta que la modificación del Concejo “posee una ínsita (propia y connatural a algo) contradicción, al determinar que el órgano legisferante (el Concejo) podría no pronunciarse, operándose fictamente el rechazo al acto legislativo”.
“Todo acto administrativo municipal (…) posee como carácter esencial la presunción de legitimidad, siendo además consecuencia de un procedimiento especial, de carácter reglado. Que, en el hipotético y eventual caso de que el Concejo no se expida durante esas tres sesiones como plazo máximo, se habilitaría la ficción del silencio como rechazo ficto, omitiéndose el correspondiente tratamiento legislativo (…)”, sigue el texto.
La ficción del silencio
En el expediente de la resolución del Deliberativo donde se rechaza la observación parcial de Ejecutivo (despacho Nº 58 del último Orden del Día), se argumenta entre otras cosas que “aún entendiendo el espíritu del planteo del veto (la posibilidad de sanción ficta), estos argumentos no son suficientes”, y explica extensamente los por qués.
En el concepto de ficción de silencio hay argumentos “al revés”, es decir, a quien le convenga, acaso a favor del Ejecutivo. Por ejemplo, un aumento del Seom se aprobó fictamente (a favor de la intención del municipio) en 2016. Hubo críticas de la oposición.
Pero el rechazo pone el foco en otro punto. “La experiencia nos ha demostrado que el Ejecutivo decidió la actualización de las zonas inmobiliarias sin la participación (…) del Concejo (…). “El Ejecutivo debió haber remitido a este Cuerpo, en cada oportunidad que se realice una modificación de los valores medios de plaza de cada una de las Zonas Inmobiliarias y el valor del metro cuadrado, un informe donde se puntualice todos los aspectos y criterios analizados y utilizados para llevar a cabo la nueva valuación (…)”. “Estos informes no fueron remitidos”, dice el despacho, entre otros argumentos para el rechazo.
Aumentos
El Ejecutivo aumentó significativamente el Valor del Terreno (VT) para todas las Zonas Inmobiliarias de la ciudad el 18 de diciembre pasado. Lo hizo mediante el Decreto Nº 00939. Los nuevos valores establecidos ya entraron en vigencia a partir de la emisión del primer trimestre de 2018 de la TGI.
En el recinto
Desde el oficialismo, Carlos Suárez dejó constancia del voto negativo del bloque UCR-Cambiemos. Luego habló Franco Ponce de León (FPCyS). Ese sector político acompañó el rechazo del veto parcial, al igual que los ediles del PJ. “Creemos que el Concejo deben tener intervención en asuntos cómo éste, que inciden directamente en materia tributaria. En su momento acompañamos el planteo de que el Cuerpo deba ser quien dé el tratamiento a la propuestas formuladas por el Ejecutivo sobre la actualización de los valores con incidencia en la TGI”.
Y desde el PJ, Ignacio Martínez Kerz recordó que en 2012 (cuando se aprueba la fórmula de recálculo de la TGI sólo con los votos del otrora oficialismo, FPCyS) “nos opusimos a la misma discusión que hoy estamos dando. Aquel interbloque oficialista (hoy dividido) tenía mayoría circunstancial. Y con el rechazo del veto, recuperamos una facultad que le corresponde a este Deliberativo”, subrayó.
No es potestad del Ejecutivo decidir por sí sobre ningún tributo. Esta es una facultad exclusiva de los concejos, insistió. “Hoy recuperamos una facultad que es propia de este Cuerpo. Nuestras decisiones como concejales vuelven a tomar valor en las decisiones que impactan directamente sobre los vecinos de la ciudad”, cerró Martínez Kerz.