Córdoba: Contratados también entrarán por mérito

Reloj facial. El municipio comenzó a usar estos aparatos para tratar de controlar la asistencia laboral

Reloj facial. El municipio comenzó a usar estos aparatos para tratar de controlar la asistencia laboral

Lo planteó Mestre en un proyecto de ordenanza girado al Concejo Deliberante, que reforma el Estatuto del Personal. Todo contratado, con o sin perspectiva de estabilidad, debería surgir de un concurso público. Eliminarían la figura del empleado transitorio.

En el fárrago de la campaña electoral, el dato pasó casi inadvertido y –curiosamente– no se convirtió en eje de debate entre los candidatos a intendente: la Municipalidad de Córdoba pretende que, en lo sucesivo, no sólo el acceso a planta permanente de empleados esté regido por la exigencia de concursos públicos, sino también extender esa obligación de demostrar idoneidad previa al personal que se contrate en forma temporal.

Hasta ahora, los postulantes se enredaron en discusiones sobre la cantidad real de personal municipal y su impacto en las finanzas, pero poco y nada han dicho sobre el régimen de selección e ingreso.

La reforma está plasmada en un proyecto que el intendente Ramón Mestre remitió al Concejo Deliberante –hoy tomaría estado parlamentario– y que plantea una modificación a la ordenanza 7.244 (Estatuto del Personal), entre otros cambios (ver aparte).

En concreto, fija que el ingreso a la administración será “sólo por concurso público y abierto”, bajo modalidad de contratado y “siempre respetando las posiciones de los concursantes en el orden de mérito”.

La única excepción sería en casos en que no se disponga de orden de mérito, aunque en el Ejecutivo dicen que justamente el mayor empeño en los últimos meses estuvo puesto en concursar todos los perfiles posibles (técnicos, profesionales, administrativos, maestranza).

Cambio

Hasta ahora, los concursos que ya realizó Mestre en distintas áreas tuvieron el doble propósito de conformar un orden de mérito (como lista de espera ante actuales y futuras demandas de recursos humanos), pero también para facilitar el pase a planta de unos 2.500 contratados, lo cual se está concretando en tandas de 600 por mes.

Si se aprueba, el nuevo ordenamiento eliminará la figura del agente transitorio (conocido como “artículo 9”), que encuadra al empleado que goza de todas las prerrogativas de un par de planta permanente, salvo la estabilidad garantizada.

El sistema vigente de contratados y transitorios (en la jerga: artículos 8 y 9, respectivamente), se desvirtuó totalmente con el paso de los años.

En la práctica, ambos realizan tareas del personal de planta permanente, contrariando la normativa que los imaginaba como personal para “tareas excepcionales o temporarias”.

“Se generaron dos niveles de contratación y ninguno vinculado a concursos públicos, lo que produce diferencias remunerativas entre ambos niveles y además le ocasiona al municipio inconvenientes económicos, de gestión de recursos humanos y de vulneración del presupuesto anual”, señaló Laura Sesma, subsecretaria de Capacitación de Recursos Humanos.

La experiencia de las dos últimas décadas muestra que a la larga, con más o menos tiempo de espera, contratados y transitorios terminaron engrosando la nómina permanente, en general tras efectivizaciones masivas en cada cierre de mandato de los sucesivos intendentes.

Hay situaciones absurdas, como por ejemplo que algunos transitorios no aceptaron concursar para pasar a planta, y hasta se terminan jubilando bajo esa condición.

La vuelta de tuerca que se propone ahora supone, al menos en teoría (hay que ver su implementación práctica), un filtro inicial: se ingresaría a la administración sólo bajo modalidad de contrato y a través del orden de mérito (su vigencia es por tres años), tras rendir examen.

“Nada cambia de un día para el otro. Lo que hacemos es ir cerrando puertas a la discrecionalidad. El sólo hecho de que todo ingreso tenga que respetar la idoneidad demostrada en un concurso, es un gran avance y supone un dique de contención al clientelismo”, dijo Sesma.

Características

La ventaja que el Ejecutivo adjudica a la propuesta es la de evitar que las contrataciones se realicen de manera arbitraria, subjetiva y sin igualdad de criterios remunerativos.

Otro aspecto del marco normativo propuesto, tiene que ver con el período de prueba y la continuidad laboral.

El personal contratado adquirirá la estabilidad en planta permanente cuando acredite período de prueba de dos años, tenga informe favorable de su desempeño y haya una vacante presupuestaria disponible.

Del mismo modo, el vínculo laboral puede cortarse antes si el municipio no considera satisfactorio el desempeño, pero aún en esos casos, los agentes antes deberán, para ser convocados, haber rendido concursos y quedar ranqueados.

Lo que el cuadro normativo no aborda todavía de manera decidida es lo referente a las modalidades de becarios y monotributistas, también usadas en los últimos años como vías de escape para la contratación indiscriminada.

Esas figuras ni siquiera pasan por el área de Recursos Humanos, ya que se rigen por el sistema de Compras y Contrataciones, a través de cada secretaría del Ejecutivo. En la práctica, para cualquier observador externo es imposible siquiera saber cuántas locaciones de servicio hay, al punto de que este ha sido un reproche reiterado de la oposición a Mestre.

En estos casos, por ahora sólo queda el consuelo de saber que los agentes no seguirían linealmente el derrotero que se dio en los últimos años, con la secuencia de monotributista a contratado, luego a transitorio y finalmente a planta, si previamente no figuran en orden de mérito.

Fuente: La Voz del Interior