Cruz del Eje: Ediles ratificaron las Paso y el Intendente no podrá vetarlas otra vez

El Concejo Deliberante de Cruz del Eje aprobó por 5 votos a favor y 3 en contra la ordenanza de las Paso.

El Concejo Deliberante de Cruz del Eje aprobó por 5 votos a favor y 3 en contra la ordenanza de las Paso.

El viernes se aprobó con el voto de los dos tercios del cuerpo la instrumentación de las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias para cargos municipales. Deberán hacerse el año próximo.

En el marco de una sesión extraordinaria, el Concejo Deliberante de Cruz del Eje ratificó el viernes pasado la vigencia de la ordenanza que establece la instrumentación de Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (Paso) para cargos municipales. De esta forma, dejaron sin efecto el veto que había aplicado a esta norma el intendente Francisco Esteban. Este último no tendrá ahora otra opción que hacer cumplir la misma, convocando a las Paso municipales con 60 días de anticipación a la fecha elegida para los comicios definitivos del año próximo.

La aprobación se produjo el pasado viernes pasado por 5 votos a favor y tres en contra. De esta forma, se lograron los dos tercios necesarios para anular el veto aplicado por el intendente Esteban en el mes de noviembre pasado.

En esta nueva normativa se reglamentó la exigencia del 2 por ciento de los avales que debes tener las listas de candidatos que competirán en las Paso. También se especificó como deben ser las planillas de firmas donde se asentarán los datos de los adherentes a cada nómina de postulantes.

El texto ratificado la semana pasada establece que desde la publicación de la convocatoria y hasta 30 días corridos antes de la celebración de las Paso, los partidos políticos o las alianzas electorales deberán presentar las listas de candidatos ante la Junta Electoral Municipal, y que esas listas “deberán estar avaladas por un número no inferior al dos por ciento del padrón de afiliados de la agrupación política o de la suma de padrones de los partidos que la integran en caso de alianza”.

En el artículo 17 de la nueva ordenanza, se desdobla la potestad que tiene el Departamento Ejecutivo para el llamado a elecciones, estableciendo tiempos perentorios para que obligatoriamente se lleven adelante las Paso.

Tal como ocurría con la ordenanza anterior, se deja en manos del intendente de turno -en este caso Francisco Esteban- la potestad para definir la fecha de las elecciones generales con una antelación de 120 días corridos y de las Paso que deberán realizarse con 60 días de antelación.

Pero, además se señala que: “Si el Departamento Ejecutivo Municipal no lo hace en tiempo y forma, la convocatoria debe ser realizada por el Concejo Deliberante, mediante ordenanza, por lo menos con 115 días corridos de anticipación a la última fecha posible para la realización del acto eleccionario. Ante la omisión de efectuar la convocatoria por parte de los dos Poderes, lo debe hacer la Junta Electoral Municipal en un plazo no menor de 110 días corridos de anticipación a la última fecha posible para la realización de los comicios”.

En los fundamentos de su veto, el jefe municipal había sostenido que la norma en cuestión fue aprobada por los concejales sin la previa consulta con los diferentes partidos políticos de la ciudad.

Fuente: La Mañana de Córdoba