Entre Ríos adhirió a la Ley de Reparación Histórica a la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena
03/12/2015 El País
El texto habla de priorizar prácticas agroecológicas. Además hace referencia a la preservación y recuperación de las semillas nativas.
La Cámara de Senadores de la provincia convirtió en ley la adhesión a la norma Nº 27.118 de Reparación Histórica, que en su primer artículo declara de interés público a la Agricultura Familiar por su contribución «a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva».
La adhesión a la ley nacional comprende que se conforme un consejo, integrado por organismos, universidades e instituciones vinculadas a la agricultura familiar, y creemos que ese espacio tendrá como desafío una aplicación efectiva de la ley en términos territoriales, manifestó el coordinador de la Secretaría de Agricultura Familiar, Emiliano Gomez Tutau. En ese sentido, comentó que hace una semanas en Jujuy se frenó un desalojo a una familia campesina aplicando el artículo 19 de dicha norma que impide los desalojos por tres años y que además crea un banco de tierras, considerándola como un bien social. Cabe recordar, que la Cámara de Diputados de Entre Ríos otorgó media sanción al proyecto presentado por el diputado Juan José Albornoz y se unificó con el proyecto que formuló el diputado Edgardo Jakinchuk.
Participación
La Ley nacional fue sancionada a fines de 2014 por el Congreso de la Nación y en el proceso de formulación fue vital la articulación del estado con las organizaciones sociales, quienes participaron activamente de la redacción de la iniciativa. La Federación de Organizaciones Nucleadas de la Agricultura Familiar (Fonaf), el Movimiento Nacional Campesino Indígena, el Frente Nacional Campesino, las organizaciones de la Mesa de Agricultura Familiar, Organizaciones de Naciones y Pueblos Indígenas en Argentina (ONPIA); Organizaciones del Movimiento Agroecológico Latinoamericano (MAELA); junto a la Secretaría de Agricultura Familiar, el Foro de Universidades para la Agricultura Familiar, INTA, entre otros; debatieron el proyecto.
Las acciones y programas que se establezcan se orientarán a incrementar la productividad y competitividad en el ámbito rural a fin de fortalecer el empleo, elevar el ingreso de los agricultores familiares, generar condiciones favorables para ampliar los mercados, aumentar el capital natural para la producción y a la constitución y consolidación de empresas rurales, expresa el artículo 21, en referencia a los procesos productivos y de comercialización. Incluso específica que se instrumentará, a partir de la conservación y mejoramiento de los suelos y demás recursos naturales, con políticas activas y participativas, métodos sustentables y priorizando prácticas agroecológicas. De la misma forma, en el artículo se hace referencia a la preservación y recuperación de las semillas nativas.
Además, la norma crea el Centro de Producción de Semillas Nativas en colaboración con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y el Instituto Nacional de Semillas. La reparación histórica contempla una serie de instrumentos de promoción para mejorar la sanidad agropecuaria, y se harán descuentos impositivos progresivos para aquellos agricultores que apuesten por el agregado de valor en origen.
Se promoverá la creación de un seguro integral destinado a mitigar los daños y pérdidas sufridas por fenómenos de emergencia o catástrofe, accidentes laborales, pérdida o robo de animales. Respecto a la política crediticia, la autoridad de aplicación deberá trabajar con el Banco Nación para la creación de líneas de crédito específicas, con tasas de interés subsidiadas y garantías compatibles con las características de la actividad.
La iniciativa sostiene en su Título VII lo referido a infraestructura y equipamientos rurales, condiciones necesarias para lograr el arraigo y un desarrollo del territorio armónico.
En ese sentido, se consideran necesarias articular políticas referidas al derecho habitacional, enfatizando en el diseño de viviendas para que se lleven a cabo de una manera participativa y con un enfoque bioclimático. Posteriormente se refiere a la problemática de los residuos, caminos y al derecho al agua.
En cuanto a la educación se promoverá la Formación Técnica Superior y Capacitación en el área Rural, reconociendo las formas propias de aprendizaje y transmisión de conocimientos del sector. En lo concerniente al desarrollo tecnológico y la investigación, instruye a la autoridad de aplicación a garantizar la preservación de prácticas y tecnologías propias de las familias organizadas en la Agricultura Familiar, Campesina e
Indígena, a fin de fortalecer la identidad cultural, la transmisión de saberes y recuperación de buenas prácticas sobre la producción.
También menciona la necesidad de preservar los bienes naturales para las futuras generaciones, promoviendo el desarrollo productivo integral para el buen vivir, en armonía con la naturaleza y preservando la diversidad genética, respetando los usos y costumbres, reconociendo a la familia como el núcleo principal de la producción y de la sostenibilidad productiva a través del tiempo. Por último, el artículo 24 señala la promoción de hábitos de alimentación sana y su difusión masiva.
Respecto a la comercialización promociona la creación de ferias, de marcas comerciales y denominaciones de origen y otros mecanismos de certificación, además de la prioridad en las contrataciones que realice el Estado a la compra de alimentos provenientes de establecimientos productivos de los agricultores y agricultoras familiares registrados en el Registro Nacional de Agricultura Familiar (RENAF).
Números que valen
La agricultura familiar representa el 20% del PBI del sector agropecuario nacional, el 20% de tierras productivas y el 27% del valor de la producción. Comprende 30,9 millones de hectáreas totales y el 65% del total de productores. La actividad constituye el 53% del empleo rural.