Hacia un juicio de la verdad por los fusilamientos de las huelgas patagónicas
Tras el juicio por la Masacre de Napalpí, desde la Patagonia se impulsa que sea una realidad también en el caso del fusilamiento de más de 1.500 peones durante las huelgas patagónicas, durante los años 1920 y 1921.
17/06/2022 OPINIÓNTras el juicio por la Masacre de Napalpí, desde la Patagonia se impulsa que sea una realidad también en el caso del fusilamiento de más de 1.500 peones durante las huelgas patagónicas, durante los años 1920 y 1921. Al respecto opinó para Télam Valeria Vegh Weis, criminóloga y abogada penal con experiencia en criminología crítica y justicia transicional. Es docente e investigadora en la UBA y UNQ (Argentina) y en la Universidad de Konstanz (Alemania).
POR VALERIA VEGH WEIS
Cien años atrás en la provincia de Santa Cruz, los peones rurales organizaron una gran huelga para denunciar las funestas condiciones laborales. El Estado, a través del Ejército, intervino. Sin embargo, lejos de subsanar las violaciones a los derechos humanos denunciadas, defendió a la patronal. Es más, el Ejercito no se limitó a aplacar la protesta, sino que fusiló a los trabajadores en huelga. Ante una protesta legítima de los peones locales, el Estado intervino haciendo uso de su herramienta más violenta, el Ejército, y llevándola hasta las últimas consecuencias: asesinó a 1.500 peones. Coronando el proceso, la historiografía oficial se ocupó de borrar estos hechos de la narrativa hegemónica: los fusilamientos de Santa Cruz no se aprenden en la escuela, no forman parte de las conmemoraciones oficiales y no se recuerda con estatuas ni nombres de calles.
Los estancieros y soldados responsables de la masacre se encuentran muertos hace tiempo y la justicia penal no puede intervenir con sus recursos ordinarios. Sin embargo, los familiares de las víctimas del terrorismo de Estado que asoló a la Argentina entre 1976 y 1983 desarrollaron una estrategia legal sin precedentes que vino a señalar posibilidades de justicia aun cuando la condena penal no es posible. Se trata de los llamados juicios de la verdad.
Durante los ’90, mientras regían las leyes de impunidad sancionadas durante el gobierno de Raúl Alfonsín y los indultos dictados por Carlos Menem, una Madre de Plaza de Mayo, Carmen Aguiar de Lapacó, y el entonces director del Centro de Estudios Legales y Sociales, Emilio Mignone, impulsaron la innovadora figura de los «juicios de la verdad», cuyo objeto no era inculpar hechos (lo que era imposible jurídicamente por la vigencia de las leyes de impunidad y los indultos) sino esclarecer los delitos perpetrados.
La primera de las presentaciones fue realizada en 1995 frente a la justicia federal en el marco de la causa ESMA. La Cámara Federal solicitó información a dependencias militares para averiguar el paradero de la hija de Mignone y ordenó a diversos responsables militares que se presentaran a brindar testimonio con el objeto de asegurar el derecho de los familiares a conocer la verdad sobre el destino de su hija. Estos juicios inéditos se expandieron por el país y permitieron que se abrieran más de 2.200 expedientes y que declararan más de 800 testigos cuando cualquier avance en la justicia parecía imposible.
En mayo de 2022, la jueza Zunilda Niremperger en la provincia de Chacho recurrió a los juicios de la verdad pero en este caso para esclarecer el asesinato de entre 400 y 500 indígenas de los pueblos Moqoit y Qom que en 1924 fueron muertos por reclamar mejores pagos en las cosechas de algodón. La jueza estableció que la masacre constituyó «un delito de lesa humanidad cometido en el marco de un proceso genocida de los pueblos indígenas». Como en los previos juicios de la verdad, el proceso legal no pudo terminar en una condena penal porque los perpetradores ya no están con vida. Sin embargo, el juicio buscó y logró esclarecer los hechos judicialmente, dar a conocer la verdad de lo ocurrido y reparar los daños en la medida de lo posible.
¿Es posible entonces un juicio de la verdad en el caso de las huelgas patagónicas?
El proceso ya está en marcha y el mismo gobierno santacruceño se presentó como querellante ante la justicia federal de Caleta Olivia requiriendo la investigación. Si bien este impulso oficial es importante, los precedentes demuestran que es imprescindible contar con el protagonismo de los familiares de las víctimas fusiladas para asegurar la legitimidad y el carácter transformador del juicio. Es que son las víctimas las que fueron largamente silenciadas en la historiografía oficial y las que cuentan con los conocimientos necesarios para brindar testimonio y asegurar que se devele la verdad de lo ocurrido.
La intervención de los familiares y de la comunidad resulta esencial para evitar que el juicio devenga en una nueva instancia en la que el poder hegemónico, encarnado ahora en el poder judicial, sea el que hable ‘en nombre de’ lxs afectadxs, obturando su capacidad de representarse a sí mismxs. Con base en estos testimonios, el juicio y la sentencia sí pueden constituirse en una oportunidad de reparación y en un punto de quiebre para reinsertar la masacre en el debate público y en la memoria colectiva local y nacional, así como para evitar la repetición.
Una eventual sentencia puede incluir disposiciones de las más variadas que dependerán de las prioridades de los familiares y la comunidad local. La sentencia puede ordenar al gobierno continuar con la búsqueda e identificación de los cuerpos de los fusilados, tal como ocurrió con la fosa de NN devenida en Cementerio en 2008; marcar hitos en los distintos sitios donde ocurrieron los fusilamientos (por ejemplo, estancia San José, Bellavista y La Mata); remover estatuas, memoriales y nombres de calles asociadas a los perpetradores y reemplazarlas por homenajes a las víctimas; iniciar cursos de formación de funcionarios públicos sobre los hechos de la causa; modificar planes de estudio en los niveles primario, secundario y universitario para incluir una reflexión sobre la masacre; crear un día de homenaje en el calendario oficial; articular un pedido de disculpas en representación del Estado nacional y local; y/o crear un museo, archivo o sitio de memoria, entre muchas otras iniciativas.
Asimismo, es fundamental que las disposiciones que surjan de la sentencia incluyan un plazo y un mecanismo de supervisión para asegurar su cumplimiento.
¿Puede haber entonces un juicio de la verdad en el caso de los fusilamientos de la Patagonia? Hay una masacre documentada, hay precedentes jurídicos, y hay una demanda social por incorporar estos hechos en nuestra historia.
Todo ello no solo hace posible que este juicio tenga lugar, sino que incluso abre el camino para ir más allá de los precedentes y buscar respuestas que no sean sólo simbólicas sino también materiales: la reparación económica de los familiares, la identificación de las empresas que motivaron estas muertes, y el esclarecimiento de los patrones de explotación que continúan vigentes en la región.