Municipios Cordobeses no pueden regular las “slots”

A jugar. En Río Cuarto, la firma CET construyó un casino con salas de juego y un hotel

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El Tribunal Superior de Justicia falló en contra del intento de Río Cuarto de restringir el horario de las salas. Le dio primacía al contrato entre Lotería y CET.

El intento de la Municipalidad de Río Cuarto por restringir los horarios de funcionamiento de las tragamonedas quedó sepultado ayer con un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia que declara “inconstitucional” la ordenanza municipal aprobada en 2009 pero nunca aplicada.

A cinco años de la acción interpuesta por la empresa CET (Compañía de Entretenimientos y Turismo), el máximo órgano judicial de Córdoba declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza municipal 262/09, que impedía abrir la sala de slots a la mañana y a la siesta.

El tribunal le da la razón a CET, concesionaria de Lotería de Córdoba, por “principios de supremacía constitucional” y razones de “seguridad jurídica”. Cita que hubo un acuerdo firmado en 2004 por la Provincia, la Lotería y varios municipios, entre ellos Río Cuarto, en el que las partes reconocen “la jurisdicción exclusiva de la Provincia en cuanto a autorización de la licencia y control de las slots y declaran aceptar el marco normativo vigente”.

Dicho convenio fue aprobado por ley provincial 9.158 en abril de 2004 y avalado dos meses después por ordenanza 1.553 en Río Cuarto, “sancionada por unanimidad en el Concejo Deliberante”, cuando el actual intendente Juan Jure era concejal.

El Tribunal Superior interpreta que, entonces, la Municipalidad “delegó su poder de policía en materia de determinación de horarios”. Y advierte que “nadie puede ponerse en contradicción con sus propios actos” ni desconocer el efecto jurídico que ocasionó su propio obrar. La sentencia concluye que “debe respetarse lo convenido porque cualquier otra solución sería contraria a los elementales imperativos de seguridad jurídica”.

Para los jueces, la rúbrica del acuerdo de 2004 también deja en evidencia “un reconocimiento de las competencias municipales originarias en la materia”. Y expone: “El municipio en función de sus competencias propias puede modificar el convenio (por razones de moral o salubridad); el yerro ha sido el procedimiento utilizado”.

La ordenanza que limitaba los horarios, aprobada en 2009, sólo se aplicó unas horas. CET presentó ese mismo día un recurso de no innovar, que fue aceptado por la Justicia.

La sala abría 22 horas por día. Por la polémica abierta, Lotería de Córdoba varió la norma y redujo a 20 las horas posibles de apertura. El criterio de que podían estar casi todo el día disponibles se mantiene hasta hoy, aunque en varias localidades CET fue variando horarios, según la demanda.

“De existir razones que ameriten la revisión de las cláusulas oportunamente suscriptas a través del citado convenio, deberán buscarse alternativas contractuales para plantear la cuestión, por ejemplo, acudir a la Comisión Asesora del Juego”, recomiendan los magistrados.

Cómo sigue

El intendente Juan Jure había planteado la restricción de horarios, en un abierto cuestionamiento al impacto social de las tragamonedas. Se estima que apelaría el fallo ante la Corte Suprema. La “lucha contra las slots ” viene siendo un argumento de posicionamiento político en sus campañas.

El Tribunal Superior sugiere a las partes llegar a un acuerdo mediante el diálogo. “El fallo no debe tomarse como un impedimento para darles continuidad a las conversaciones oportunamente iniciadas”, plantea.

Fuente: La Voz del Interior