Superior Tribunal de Justicia falló a favor de municipalizar Las Grutas

12689-Inauguracion-Centro-Civico-Las-Grutas-7[1]
En pleno, el máximo tribunal ratificó la suspensión del referéndum convocado por el municipio.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) emitió en pleno un fallo que determina que son los legisladores los que tienen atribuciones para la creación de nuevos municipios, por lo que favorece la creación de la municipalidad de Las Grutas, aprobada ya por la Legislatura rionegrina.

El dictamen ratifica lo resuelto en diciembre por el integrante del tribunal, Ricardo Apcarián, quien declaró nulo el referéndum convocado por el municipio de San Antonio, en el cual debían participar todos los habitantes del ejido, como señala la Carta Orgánica, contrariamente a lo que expresa la Constitución Provincial que dice que en estos casos deben votar sólo los ciudadanos del lugar que se pretende segregar.

Ese fallo fue apelado por el entonces intendente Javier Iud, ahora legislador provincial: “Si bien es cierto que la Provincia no puede avanzar en la organización interna de cada municipio avasallando la misma, dicha autonomía municipal de ningún modo puede colisionar con otros principios consagrados en la propia Carta Magna, inmiscuyéndose en competencias propias de otros poderes; en este caso, del Poder Legislativo provincial; ello, por cuanto no puede predicarse que la escisión de un municipio integra materia específicamente comunal (art. 225 de la Constitución Provincial) en mérito a lo establecido en el art. 227 de la misma norma, al determinar que ‘La Legislatura determina los límites territoriales de cada Municipio…’”, sostiene el documento recientemente emitido.

El fallo lleva la firma de Sergio Barotto, Enrique Mansilla y Adriana Zaratiegui, con la abstención aunque en coincidencia de Liliana Piccinini y el propio Apcarián.

Apcarián, en aquel primer dictamen, sostuvo que la creación de nuevos municipios “no es una materia de índole Municipal, sino netamente Provincial”, y que la “fijación de límites territoriales fue concedida por el constituyente a la Legislatura Provincial, quien detenta jurisdicción y competencia para fijar los espacios físicos que corresponden a cada municipio”.

“Toda modificación ulterior de los límites se hace por ley con la conformidad otorgada por referéndum popular”, indicó.

La noticia, largamente festejada por los vecinos que apoyan la municipalización de Las Grutas, determina que el Tribunal Electoral local deberá convocar al referéndum en el que deberían participar sólo los propios residentes del balneario.

El órgano comunal electoral tiene un plazo de 90 días para realizar el llamado, de acuerdo a la ley aprobada en segunda vuelta a fines del año pasado. El vencimiento se cumple a principios del mes próximo.

Fuente: El Cordillerano