Una chance de ponerse al día

318479
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará hoy en el Boletín Oficial las condiciones del nuevo régimen de facilidades de pago para quienes tengan deudas con el fisco vencidas al 31 de marzo. A su vez se ampliarán los planes de facilidades de pago para deudas corrientes. El plan permite incluir deudas aduaneras, impositivas y de seguridad social. El plazo para la adhesión finalizará en la semana del 25 al 29 de agosto próximo, según la terminación del CUIT de cada contribuyente, y el pago de cada cuota será mediante débito directo en cuenta bancaria. La medida tiene un alcance potencial de 1,2 millón de personas, por un total estimado en 36.166 millones de pesos. Para sumarse al plan de facilidades, los contribuyentes deberán cancelar todas las obligaciones que venzan desde el 1º de abril hasta el 29 de agosto. Además, los empleadores no podrán reducir la nómina de empleados mientras estén dentro del proceso de cancelación de deuda.

La formalización de estos planes de pago –que no constituyen una moratoria, ya que no hay condonación de deuda– se realizará a través de las resoluciones generales 3630 y 3631, respectivamente. “El Estado les da una mano a las empresas, permitiendo modalidades flexibles de pago. Es un esfuerzo fiscal porque se extiende el período de cobranza, pero se compensa con todo lo que se percibe y la regularización y el mantenimiento del empleo”, había explicado Axel Kicillof, ministro de Economía, al momento de presentar la iniciativa, junto al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

Del total de deudas acumuladas, 1,2 millón de contribuyentes por 36.166 millones de pesos, aproximadamente el 45 por ciento corresponde a contribuciones no ingresadas por empleadores. Es decir que habría empresas que adeudan 16.838 millones de pesos en materia de seguridad social. Para poder acceder al nuevo régimen de pago, las compañías deben comprometerse a no despedir trabajadores. En segundo lugar figuran las obligaciones vencidas en materia de IVA, con 9334 millones de pesos. El resto son por Ganancias, 5500 millones, y tributos aduaneros, por otros 4495 millones.

Los planes de pago tendrán un máximo de 24 cuotas y una tasa de interés mensual de 1,9 por ciento, que anualizada será del 22,8 por ciento. Se podrá presentar toda la deuda en uno o varios planes, aunque no estará permitido incluir la misma obligación en más de un plan.

Esta iniciativa había sido uno de los temas centrales de las Mesas de Diálogo Social convocadas por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, junto a los distintos representantes de los sectores económicos y gremiales.

Por otro lado, la Resolución General 3631 instrumentará la adecuación del plan de pagos de 6 cuotas para deudas corrientes. Se ampliará el monto límite de facturación para adherir a dicho plan, desde los actuales 10 millones de pesos hasta los 30 millones para quienes presten servicios y 50 millones para el resto de las actividades. Este plan, creado el año pasado, tiene una tasa de 1,35 por ciento y podría alcanzar a 700 mil potenciales contribuyentes.

La regularización de las obligaciones vencidas también requiere que los contribuyentes no registren incumplimientos en el pago de impuestos entre el 1º de abril y el cierre del plan. Las facilidades no excluyen a quienes posean juicios por sus deudas. En ese caso, para acceder deberán desistir de la demanda.

“Con el objetivo de contar con un mecanismo ágil de comunicación entre los contribuyentes y la AFIP, los adherentes deberán brindar el número de celular, nombre de la compañía proveedora y una cuenta de correo electrónico. Luego, la AFIP enviará un SMS con un código que deberá consignar el contribuyente al momento de enviar el plan”, sostuvo la AFIP a través de un comunicado.

Los sistemas estarán disponibles a partir del 2 de junio para las pruebas internas con las entidades profesionales y empresarias, que forman parte de los Consejos Consultivos Impositivo, Aduanero y de la Seguridad Social. En este sentido, los sistemas operativos estarán disponibles a partir del 6 de junio, para el caso de los planes de deuda corriente, y desde el 16 de junio, para el plan de deudas vencidas hasta el 31 de marzo.

Fuente: San Luis 24