Llaman a «prestar atención» a las distintas formas de trabajo infantil

En Argentina, se estima que 1 de cada 10 niñas, niños y adolescentes realizan una tarea productiva. Desde el año 2002, cada 12 de junio se conmemora el día mundial de lucha contra este flagelo. Este año el objetivo es visibilizarlo y reducir la aceptación social.

En Argentina, se estima que 1 de cada 10 niñas, niños y adolescentes realizan una tarea productiva. Desde el año 2002, cada 12 de junio se conmemora el día mundial de lucha contra este flagelo. Este año el objetivo es visibilizarlo y reducir la aceptación social.

Una «ayuda» que a la larga se convierte en un freno a los estudios, al descanso y al juego; una estrategia de supervivencia en un hogar donde falta todo; tal vez una certeza errada acerca de hábitos que se deben inculcar desde temprana edad. En cualquier caso, el trabajo infantil considerado como «toda actividad económica y/o estrategia de supervivencia, remunerada o no, realizada por niñas y niños, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo (16 años)», está prohibido en la Argentina por la ley 26.390, desde el año 2008.

Sin embargo, en el país la última encuesta de actividades de Niños, Niñas y Adolescentes (EANNA/2016-2017) revela que 1 de cada 10 personas de 5 a 15 años realiza al menos una actividad productiva.

Desde el año 2008, cada 12 de junio se conmemora el Día Mundial contra el Trabajo Infantil y este año la Organización Internacional del Trabajo en Argentina propone una campaña nacional de sensibilización para disminuir la tolerancia social en torno a este problema y contribuir con la prevención y erradicación del trabajo infantil en todas sus formas. «Prestá atención. El trabajo infantil pasa cerca tuyo», es el nombre de esta iniciativa que se puso en marcha este domingo en La Rioja, seguirá en CABA y recorrerá el territorio nacional. Aún no se confirmó fecha para Santa Fe.

Un informe realizado por Nahir del Buey para la agencia de noticias Télam recoge los resultados del último documento elaborado por el Barómetro de la Deuda Social de la Infancia de la Universidad Católica Argentina (UCA), correspondiente a un relevamiento del segundo semestre del 2022. Del informe se desprende que las actividades domésticas intensivas y actividades económicas afectan a casi el 15% de la población entre los 5 y 17 años en nuestro país, un equivalente a 1,3 millones de NNyA, de acuerdo a la información aportada por la coordinadora del estudio, Ianina Tuñón.

El 6,9% realiza trabajo doméstico intensivo, es decir, situaciones en las que niñas, niños y adolescentes desarrollan de manera habitual tareas como limpiar, lavar, planchar, cocinar, realizar las compras y cuidar de los hermanos, con una predominancia de niñas y adolescentes mujeres realizando esta actividad.

El 9,2% corresponde a la labor en actividades económicas trabajando con un familiar o conocido, o que realizan alguna actividad por su cuenta para ganar dinero desempeñándose como empleado o aprendiz, lo que provoca que 2 de cada 10 adolescentes participaran en el último año en dichas actividades.

En el caso del trabajo económico prevalecen diferencias sociales significativas y una fuerte localización en el interior del país, mientras que el trabajo doméstico es más transversal a las regiones y desigualdades sociales notables.
«Este año hacemos un llamado a desnaturalizar el trabajo infantil. No podemos aceptar como sociedad que la vulneración de derechos nos sea cotidiana». Cecilia Cross, subsecretaría de Políticas de Inclusión en el Mundo Laboral del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Además, el trabajo infantil a menudo se asocia con el abandono escolar, y provocó en los últimos seis años que 4 de cada 10 NNyA que trabajaron tuvieran déficit educativo.

En el país y el mundo
«El impacto de la pandemia, de las crisis y de la guerra generó como consecuencia el aumento de la pobreza. En ese contexto, se invirtió la tendencia de reducción que se mantuvo por dos décadas y hoy 160 millones de niños y niñas de todo el mundo todavía trabajan», dijo la directora de la Oficina de País de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para la Argentina, Yukiko Arai.

«En América Latina y el Caribe, el trabajo infantil alcanza a cerca de 8,2 millones de niñas y niños. Y en Argentina son 1 de cada 10 niños, niñas y adolescentes menores de 15 años. Pero esta cifra se duplica en las zonas rurales del país, donde los niveles de pobreza y vulnerabilidad son mayores», agregó.

En esa línea, Arai afirmó: «Poner fin poner fin al trabajo infantil en todas sus formas es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible acordados por todos los Estados miembros de la ONU, entre los que se encuentra la Argentina».

Arai destacó que, para lograr progresos significativos, se requieren políticas integrales, una mayor inversión en los sistemas de protección social y la generación de trabajo decente para las personas adultas. La directora destacó que Argentina ratificó los convenios de la OIT número 138 y 182 (este último, es el único que al momento ha obtenido la ratificación universal). Estas normas se refieren, respectivamente, a la edad mínima de admisión al empleo y a la prohibición de las peores formas de trabajo infantil.

«El país cuenta con marcos legales robustos y políticas efectivas para prevenir y erradicar el trabajo infantil. Y gracias a esos compromisos y herramientas logró convertirse en País Pionero de la Alianza 8.7», sostuvo Arai, quien añadió:

«El diálogo social tripartito es clave para enfrentar estos desafíos. Y el país cuenta con el compromiso del gobierno, del sector empleador y del sector sindical para lograrlo».

La legislación nacional
La Argentina ratificó los convenios fundamentales de la OIT referidos al trabajo infantil, y adecuó la legislación sobre niñez y aspectos laborales a estas normas internacionales.

– Ley 25.255/2000. Ratificación del Convenio núm.182 de la OIT sobre las Peores Formas del Trabajo Infantil, 1999.

– Ley 24.650/1996. Ratificación del Convenio núm. 138 de la OIT sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo, 1973.

– Decreto 1117/2016. Determinación de los tipos de trabajo que constituyen trabajo peligroso para menores.

– Ley 26.847/2013. Código Penal. Incorporación del artículo 148 bis que establece prisión de 1 a 4 años al que aprovechare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave.

– Ley 26.844. Régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.

– Ley 26.390/2008. Prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente.

Fuente: El Litoral