Banco de horas: cómo funciona el sistema de «horas extras» que se propone en la reforma laboral
El proyecto de reforma laboral propone un sistema flexible para compensar el tiempo trabajado, reducir recargos y priorizar acuerdos por empresa.
15/12/2025 El PaísEl proyecto de reforma laboral propone un sistema flexible para compensar el tiempo trabajado, reducir recargos y priorizar acuerdos por empresa.
La iniciativa de reforma laboral que impulsa el Gobierno de Javier Milei busca integrar el «banco de horas» como un método flexible para gestionar las jornadas laborales. Este sistema permitiría redistribuir las horas de trabajo moviéndose más allá del tradicional esquema de horas extras que actualmente conocemos.
El núcleo del proyecto se enfoca en permitir la firma de acuerdos escritos y voluntarios entre empleadores y empleados para establecer cómo se gestionarán las horas adicionales. Dichos pactos deberán especificar las modalidades y límites permitidos, además de asegurar un registro fiable y detallado de las horas trabajadas o en disponibilidad. Este paso busca tanto proteger al trabajador como asegurar una relación laboral equilibrada.
La flexibilidad del banco de horas responde a la necesidad de ajustarse a la dinámica de la producción y la variabilidad de la demanda. En este contexto, un trabajador podría acumular más horas durante los días de alta actividad económica y compensarlas posteriormente, ya sea mediante jornadas reducidas o días libres adicionales, siempre respetando las normativas vigentes sobre descansos diarios y semanales.
Uno de los cambios más significativos y quizás controvertidos en esta reforma es la variación en el recargo por horas extra. Actualmente, la legislación establece un recargo que puede llegar hasta el 100%; con el nuevo proyecto, esto cambiaría, beneficiando a los empleadores al ofrecer una reducción del costo financiero, sin dejar de buscar la protección del trabajador a través de acuerdos voluntarios.
A nivel internacional, el sistema griego permitió ampliar las jornadas de trabajo hasta 13 horas en días específicos dentro de un límite anual fijado; no obstante, el modelo argentino ha evitado replicar este extremo. Se habilita, sin embargo, cierta flexibilidad en la duración de las jornadas dentro de los umbrales establecidos por cada industria o empresa, priorizando siempre los descansos y los acuerdos ya consensuados, sean estos de carácter colectivo o particular dentro de una empresa.
Cabe resaltar que uno de los avances más notables es la preeminencia que se le da a los acuerdos empresariales sobre los convenios colectivos, una medida que busca ofrecer soluciones más ajustadas a las realidades de cada establecimiento en particular. Esto siempre bajo una férrea supervisión de parte de las autoridades laborales para no vulnerar los derechos y los descansos correspondientes decretados por ley.
Adicionalmente, el texto propone permitir que las horas trabajadas puedan distribuirse de manera no equitativa semanalmente, siempre que operen dentro de los parámetros legales. Esta propuesta facilitaría una mayor sintonización con las dinámicas internas de productividad sin transgredir el descanso.
Por último, se anticipa la eliminación de la ultraactividad de los convenios, estableciendo que, al vencer uno, si no es renovado, dejará de tener vigencia. Este movimiento busca acelerar las negociaciones futuras y realzar los contratos empresariales en el marco normativo.