El Municipio de Río Cuarto quiere seguir con el cobro de una tasa en la boleta de Epec: recauda $ 300 millones

Se trata del OIM, que se destina al pago del alumbrado público, al gasto de electricidad en las reparticiones y al de las bombas de líquidos cloacales

Se trata del OIM, que se destina al pago del alumbrado público, al gasto de electricidad en las reparticiones y al de las bombas de líquidos cloacales

La semana comenzó con la noticia de que la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación intimó a 95 empresas en todo el país -mayormente de luz, agua y gas- para que retiren todo componente de sus factura que no tengan que ver con el servicio que prestan. En Río Cuarto, recibieron la notificación Epec y Ecogas, aunque el perjudicado es el Municipio, que perderá fuertes subas de dinero si eso finalmente prospera. La Nación ya advirtió que no hay más margen para ese tipo “de avivadas” según lo definió el ministro de Economía, Luis Caputo.

Sin embargo, el Municipio decidió que va a continuar con ese cobro porque lo ampara una ley provincial y además le significa una abultada cifra de ingresos mensuales que alcanza los 300 millones de pesos. Ese dinero lo utiliza para pagar el costo del alumbrado público, la electricidad de las reparticiones municipales y las bombas que se utilizan en la red cloacal. Por eso, en el Palacio de Mójica ya se anticipa incluso la posibilidad de una instancia judicial. La definición es al menos dar pelea por la continuidad del OIM en la boleta de Epec.

Hubo 19 empresas de la provincia que fueron alcanzadas por la intimación
Ahora bien, hay un punto que debe ser despejado de inmediato y que tiene que ver con la resolución de la Secretaría de Industria y Comercio nacional: la intimación fue a Epec, Ecogas y casi una veintena de cooperativas cordobesas. Por lo cual las sanciones, en caso de aplicarse, recaerían sobre esas empresas. ¿Cómo resolverá el Municipio su estrategia para seguir incluyendo el OIM a riesgo de que la sanción caiga en Epec? Es parte de lo que estudian en el Palacio de Mójica.

“Tenemos dudas porque hay que hacer el análisis en profundidad y determinar si una resolución nacional de la Secretaría de Industria puede estar por encima de una ley provincial, que habilitó la creación del OIM. Y que incluso tiene vigente una resolución del Ersep que le pone un tope del 10%. Ahí lo vemos más complejo y creemos que puede haber instancias legales porque son medidas que apuntan al desfinanciamiento del Estado Municipal o va a requerir que sea trasladado a otro impuesto”, advirtió el secretario de Economía local, Pablo Antonetti.

El funcionario municipal insistió con que “existe un interrogante sobre la posibilidad de que una disposición nacional pueda ubicarse por encima de una ley provincial”.

Por otro lado, la boleta de Ecogas no representa una importancia tan significativa para el Municipio en términos de ingresos. “La Municipalidad decidió en 2018 eliminar la contribución que estaba incluida en esa factura y queda ahora un porcentaje menor”, explicó Antonetti.

Lo cierto es que, como Río Cuarto, hay decenas de Municipios que en los últimos años habían asegurado una parte importante de ingresos incluyendo tasas e impuestos en las distintas facturas de servicios públicos. Ahora, todo eso está en revisión y el Gobierno nacional quiere que se eliminen para bajar la presión tributaria.

Desde el 11 de octubre ya no deberían cargarse tasas o impuestos adicionales
Desde el 11 de octubre, cuando entró en vigencia la Resolución 267 de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación, las empresas de servicios públicos de todo el país deberían haber dejado de incluir cualquier tasa o impuesto que no tenga que ver estrictamente con el servicio que prestan a los consumidores. Por eso, cuando llegaron las denuncias desde distintos puntos del país a esa repartición nacional de usuarios que seguían recibiendo facturas con ítems adicionales surgieron las intimaciones.

La cartera de Industria y Comercio del Ministerio de Economía imputó a un total de 95 empresas por haber incluido en las facturas tasas o cargos ajenos al contrato entre el proveedor y el consumidor. Se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma.

Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, día en que comenzó a regir la prohibición de incluir en las facturas conceptos indebidos. “La autoridad de aplicación continuará con la instrucción de sumarios para los próximos vencimientos de noviembre y diciembre”, advirtieron desde la Nación.

Se imputaron empresas de la ciudad de Buenos Aires y de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Misiones, San Juan, Entre Ríos, Santa Fe, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuquén, Río Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucumán.

La Secretaría dispuso que a partir de recibir la notificación, las empresas tendrán cinco días hábiles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo, la cartera nacional sancionará a aquellas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Fuente: Puntal