En Carlos Paz regularán el acceso a la información pública municipal

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El tema ingresó al Concejo de Representantes. Buscan favorecer a los vecinos para que obtengan rápidamente datos del Estado local.

En cumplimiento del artículo 27 de la Carta Orgánica Municipal tomó estado legislativo en el Concejo de Representantes local un proyecto de ordenanza destinado a regular el acceso a la información pública municipal de parte de todos los vecinos de esta ciudad.

La normativa determina que toda persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno, de acceder a cualquier información que genere el Departamento Ejecutivo, sus diversas intendencias, el Concejo de Representantes, el Tribunal de Cuentas, los Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado, Sociedad Anónimas con participación estatal, sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones donde participa el municipio.

Se considera información de carácter público a cualquier tipo de documentación que sirva de fundamento de un acto administrativo y que se encuentre en poder o bajo control del órgano o dependencia municipal.

Los organismos involucrados no tienen la obligación de crear información salvo en los casos ya determinados. Sin embargo, si alguien le recaba datos, debe entregarlos, tanto en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital o en cualquier formato.

No se difundirá información que afecte la intimidad o seguridad de las personas o se trate de base de datos de domicilios, de teléfonos o de cualquier tipo de información sensible. Tampoco se brindará información de terceros que la administración municipal hubiera obtenido de manera confidencial.

El acceso público a la información será gratuito. Si se requiere algún mecanismo tecnológico de reproducción, los costos quedarán a cargo del solicitante.

La Secretaría de Calidad Institucional, Cultos, Participación Vecinal y Juventud y Oficialía Mayor serán las autoridades de aplicación de la futura norma.

Los pedidos de información deberán hacerse por escrito en un formulario específico, consignándose todos los datos del solicitante.

Las dependencias municipales tendrán un plazo máximo para responder las requisitorias de 15 días hábiles.
Si los funcionarios encargados se niegan a brindar la información solicitada en los plazos previstos podrán ser sancionados.

La ordenanza que será analizada por los ediles determina además que se entiende por publicidad municipal y que elementos o datos oficiales deben difundirse de esta forma: el digesto, el listado de servicios públicos que se brindan, el protocolo de autoridades, la declaración patrimonial de los funcionarios, el detalle del presupuesto vigente y su ejecución, los llamados a licitación y el formulario tipo de acceso a la información pública por intermedio de la Oficialía Mayor Municipal.

Como el bloque de Carlos Paz unido tiene una sólida mayoría (9 de 12 integrantes), se descuenta que esta propuesta legislativa será aprobada sin mayores problemas luego de su discusión en las respectivas comisiones de trabajo.

Fuente: La Mañana de Córdoba