Ley Bases: cuáles son los puntos salientes de la reforma laboral que tratará el Senado

La Cámara Alta comenzará a debatir la iniciativa en el recinto y el futuro del trabajo en Argentina está bajo la lupa

La Cámara Alta comenzará a debatir la iniciativa en el recinto y el futuro del trabajo en Argentina está bajo la lupa

Tras el trabajo realizado en comisiones, el Senado tratará este miércoles la ley Bases y el paquete fiscal. Dentro de la primera iniciativa se encuentran diversas modificaciones importantes en materia laboral, cuestionadas por los sindicatos pero defendidas por los empresarios. Una parte de estas reformas estaban contenidas en el capítulo que contiene al tema en el megadecreto 70/2023 que firmó el presidente Javier Milei a pocos días de asumir, segmento que fue suspendido por el Poder Judicial al ser considerado inconstitucional.

Si bien la reforma laboral actual es menos abarcativa que la impulsada en el decreto, no es poco relevante según un indicó un estudio del Centro de Investigación y Formación de la República Argentina (Cifra), de la CTA.

En el documento, el centro consideró que las modificaciones en materia laboral incluidas en la ley Bases «afectan, sobre todo, derechos individuales de los trabajadores, aunque avanzan también en forma directa sobre algunos derechos colectivos, en particular tras la inclusión de causales de despido vinculadas a acciones colectivas».
“Se trata de una reforma profunda que no es nueva y que intenta avanzar sobre los derechos colectivos e individuales de las y los trabajadores. Y no aporta soluciones a las profundas desigualdades que caracterizan al mercado laboral argentino y a la existencia de un sector creciente que queda por fuera de las relaciones laborales formales y protegidas”, señalaron.

Desde Cifra señalaron, además que el proyecto no avanza en aspectos que requieren atención, como la promoción de la igualdad de género o los cambios en las formas productivas que han dado pie al surgimiento de configuraciones de relaciones laborales que pueden no quedar cubiertas o protegidas por las leyes vigentes.

No registración
“Se trata de una reforma que, de varias formas, puede incentivar el no registro de relaciones de dependencia ya que elimina sanciones e indemnizaciones vinculadas con la no registración y, a la vez, habilita formas contractuales «no laborales» que pueden enmascarar relaciones de trabajo”, indicaron en el informe.

Y apuntaron a la figura de “trabajadores independientes con colaboradores”, a cuya creación se suman algunos cambios que facilitarían el uso de contratos de locación de obra o de servicios para la contratación de trabajadores, práctica difundida que suele encubrir relaciones laborales no registradas como tales.

Viajantes
En este mismo sentido podría interpretarse la derogación del estatuto del viajante de comercio, que se introduce en el proyecto sin justificación, señalaron desde Cifra.

Se trata de una norma que regula la actividad de vendedores viajantes en relación de dependencia, estableciendo la especificidad de un vínculo de subordinación con las empresas cuyos productos venden y que los diferencia de los agentes comerciales autónomos.

Se incluye, además, un nuevo blanqueo laboral que también puede desincentivar la registración al generar la expectativa de nuevas condonaciones de deuda a futuro.

Precarización sobre trabajadores formales
Para los asalariados formales implica precarizar su situación de diversas formas, advirtieron desde Cifra.

Por un lado, con la habilitación para la creación de fondos de cese laboral que reemplacen a la indemnización por despido, cuya creación implicará mayor inestabilidad e incertidumbre en las relaciones de trabajo y mayor disciplinamiento hacia los trabajadores. Por otro lado, por la extensión del período de prueba –durante el cual se puede despedir sin indemnización- y la ampliación del alcance de la tercerización laboral con responsabilidad solidaria limitada.

La entidad consideró que “se afecta el carácter de permanente de los puestos de la planta de la administración pública, al simplificarse los mecanismos para su puesta en situación de disponibilidad y posterior despido”.

Parte empleadora
Visto desde el punto de vista de la parte empleadora, esta ley de algún modo recorta costos laborales (en algunos por la mayor permisividad hacia la no registración y el fraude laboral) pero no asegura que varias situaciones puedan derivar en juicios laborales futuros, indicaron desde el centro de investigación.

“Para los trabajadores se trata de pérdida de derechos, de menor protección y mayor inestabilidad. No se advierte de ningún modo una modernización de las relaciones laborales ni una promoción del empleo registrado ni un intento por mejorar su calidad”, aseguraron.

Fuente: La Capital