RIGI y recursos naturales: «No está previsto ninguna evaluación del impacto ambiental”

En diálogo con LNM, el abogado especialista en Derecho Ambiental, Darío Ávila, alertó sobre la explotación de los recursos naturales que prevé el régimen para atraer grandes inversiones.

En diálogo con LNM, el abogado especialista en Derecho Ambiental, Darío Ávila, alertó sobre la explotación de los recursos naturales que prevé el régimen para atraer grandes inversiones.

El RIGI se encamina y toma fuerza. En la última semana, Nación reglamentó los beneficios fiscales a 30 años que tendrán las empresas que adhieran al Régimen de Incentivos a Grandes Inversiones (RIGI), pero “nada se habla de las sanciones o responsabilidades sobre el impacto ambiental que tendrá la explotación de recursos naturales”, dice a LNM el abogado especialista en Derecho Ambiental, Darío Ávila, y agrega: “La norma es inconstitucional”.

El lunes pasado, Córdoba reglamentó la ley de adhesión al RIGI incluido en la Ley Bases (27.742) impulsada por Javier Milei y días después, la AFIP reglamentó los beneficios fiscales y aduaneros a 30 años que tendrán las empresas que operen bajo esta norma. Con ello, Nación y las provincias que ya adhirieron esperan proyectos de inversión de gran envergadura. Es decir, la llegada de dólares a cambio de explotar los recursos naturales en los sectores denominados “estratégicos”: minería, siderurgia, forestoindustria, energía, petróleo y gas, como así también los relacionados a la tecnología, el turismo e infraestructura.

El RIGI apunta a inversiones cuya magnitud supere los 200 millones de dólares, para que “mejoren el clima de negocios”, según argumentó el Gobierno y, de ese modo, se atraiga tanto a inversores locales como extranjeros, aunque dado el tamaño de las inversiones requeridas es posible que los proyectos de mayor porte provengan de capital extranjero.

Entre las normativas, modificaciones, adhesiones o resoluciones emitidas este último tiempo para moldear la implementación del RIGI, no se contemplan estudios de impacto ambiental para los proyectos que se implementen. Tampoco se habla de sanciones ante situaciones de desastre.

“Pese a que las actividades son extractivas, que ya sabemos que generan impacto, no está previsto que en el tratamiento antes de aprobarse estos beneficios para los inversores, tengan que pasar por una instancia de debate y discusión previa, como una audiencia pública, un estudio de impacto ambiental, ni mucho menos el otorgamiento de una licencia ambiental”, dice Ávila. Además agrega que «El RIGI estaría profundizando y consolidando la matriz productiva y extractiva en nuestro país”.

Actividades extractivistas

Apenas se conoció el proyecto plasmado en la Ley Bases, -que además metió una modificación de la Ley de Hidrocarburos-, muchos sectores alertaron sobre cómo el RIGI violenta y atenta contra normas nacionales y provinciales que son protectoras del ambiente.

“La gran mayoría de los sectores a los que apunta el RIGI, tales como la forestoindustrial, la infraestructura, la minería, el petróleo, el gas, son actividades extractivas donde en Argentina ya tenemos evidencia y sobradas pruebas de çómo esto ya está generando impactos negativos en el ambiente a causa del modelo de producción agroindustrial, la deforestación, la emisión de gases de efecto invernadero, el desmonte”, dice el letrado y destaca que las exigencias para los inversores en cuanto al cuidado del ambiente, han sido sorteadas.

Aplicar al RIGI es muy simple, solo basta con que los interesados presenten una adhesión, un plan de inversión, y la información que les requiere la autoridad de aplicación en cuanto a el objeto que se llevará a cabo, cómo se realizará la actividad y cómo va  a ejecutar, “pero nada se habla de las sanciones o responsabilidades sobre el impacto ambiental que tendrá la explotación de recursos naturales. No está previsto ninguna evaluación del impacto ambiental”, explica el abogado y agrega que tal como está la norma, va en contra de leyes provinciales en materia ambiental, leyes nacionales como la de Presupuestos Mínimos, pero sobre todo, “va en contra de lo que dice la Constitución”.

“Debemos tener claro que el RIGI es una norma inconstitucional”, dice Ávila en referencia al artículo 41, que establece que todos los habitantes tienen derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que “las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”. Además, el artículo puntualiza que “el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer”.

Contra el Acuerdo de París

“El RIGI viola no solamente la Constitución Nacional en el artículo 41, sino que también vulnera acuerdos internacionales, como el Acuerdo de París que nos obliga a tomar medidas para reducir el uso de hidrocarburos, pero con el RIGI se apunta a aumentar ese uso”, indica el letrado y aclara: “Con esto lo que viene es una discusión judicial porque  están violando leyes y acuerdos internacionales”.

Con la firma del Acuerdo en 2015, Argentina se comprometió a tomar medidas de adaptación que atiendan problemas urgentes que surgen ante el cambio climático, y por otro lado, medidas de mitigación, que son a largo plazo con metas en el 2030 para reducir en un 40% la emisión de gases de efecto invernadero, y luego en el 2050 con la emisión cero o la carbono neutralidad.

Sin embargo, tras los estudios en 2019 para identificar los sectores más contaminantes, se determinó que el 53% de los gases de efecto invernadero en el país, concretamente de la emisión de dióxido de carbono, tiene que ver con la producción de energía, justamente uno de los sectores que el Gobierno quiere llevar a su máxima explotación.

La segunda fuente de emisión de estos gases, es la actividad agrícola ganadera con el 37%. Este sector fue sacado del RIGI, pero en Córdoba, el artículo tres -incluido por iniciativa del Gobierno provincial- de la ley de adhesión al RIGI de Milei, deja reservado al Poder Ejecutivo provincial la posibilidad de extender los beneficios a otras actividades, como por ejemplo la producción de biojet -similar al biocombustible, pero aplicado a aviones- que a su vez, implica la ampliación de la frontera agropecuaria, está vez no con soja sino con maíz y que nada tiene que ver con la “producción verde”.

“Córdoba amplía el universo de actividades»
“Cuando se sancionó la adhesión a la ley nacional, el Gobierno estableció también delegar facultades al Ejecutivo provincial para ampliar beneficios a inversores. Esto podría abarcar cuestiones como aportar infraestructura, como la construcción de autovías, represas, entre otros, para atraer inversiones”, dice el abogado y agrega que con el  artículo tres, en Córdoba se amplía la posibilidad de los sectores que podrían aplicar al RIGI y “esto es una versión mucho más peligrosa de la ley original impulsada por Milei” porque se deja abierta una puerta muy grande, por donde se pueden meter otras actividades que ni siquiera fueron tenidas en cuenta entre los sectores de inversión mencionados en el RIGI.

“Córdoba adhiere no solo a la ley nacional, sino que amplía el universo de actividades que el RIGI ni siquiera las contempla”, puntualiza Ávila y añade que respecto a este punto, parte de la discusión va a pasar por establecer si la lista de los sectores mencionados en la ley nacional es enunciativa o taxativa -limitada expresamente a los sectores mencionados-.

”Si asumimos que es taxativa, el artículo tres de la ley provincial de adhesión al RIGI, es anticonstitucional porque está incorporando actividades no permitidas, no reguladas, y no previstas por el RIGI nacional”.

Protección para inversores
Entre las tantas críticas al RIGI, sobre todo de sectores ambientalistas, se hace foco en el artículo 165 de la ley que establece que las grandes inversiones que califiquen y se concreten bajo el RIGI “son de interés nacional y resultan útiles y conducentes para la prosperidad del país”, por tanto, “cualquier norma o vía de hecho por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido”, será nula, «de nulidad absoluta e insanable”, y la Justicia competente deberá, en forma inmediata impedir su aplicación.

Es decir, que la ley de adhesión del RIGI, de un plumazo, puede dejar sin efecto las leyes ambientales sancionadas a nivel nacional, provincial o municipal o incluso acuerdos y tratados internacionales, como el Acuerdo de Escazú.

“Esto así es un mamarracho, primero porque es una ley de emergencia que debe ser interpretada de manera restrictiva y no una ley ordinaria porque no atravesó todo el debate parlamentario como cualquier otra ley. Se trata de una ley de menor jerarquía que cualquier otra que no sea se emergencia, tal como lo es, por ejemplo, la ley bosques”, explica Ávila.

La producción de energía en Argentina produce el 53% de los gases de efecto invernadero contaminantes para el medio ambiente. Justamente, el sector que el Gobierno apunta  su máxima explotación. Foto: archivo Télam
-¿Cuál es el interés de avanzar desde el Gobierno con leyes que van en contra de otras normativas vigentes, incluso en contra de lo establecido en la misma Constitución?

-Muchas veces estas leyes son sancionadas aún a sabiendas que son inconstitucionales, se hacen a propósito porque una vez que se aprobó la ley, tal como pasó con el RIGI, ya tiene vigencia por lo que un inversor puede presentar el proyecto, seguir el trámite, lograr la aprobación y ejecutar el plan. Total en este país, toda persona que lleve un reclamo en contra de ello mediante un amparo, a lo mejor tendrá sentencia recién, de acá a un par de años. Por lo tanto, esa empresa amparada por el RIGI tiene tiempo hasta que se exprese la Justicia varios años para explotar los recursos nacionales. Esa es la trampa, ese es el objetivo. No les interesa la discusión judicial que se va a venir, sobre todo de los sectores ambientalistas que conocen el manejo de todas esas leyes y que saben que esto es anticonstitucional. La Justicia entiende que una medida rápida demora en el mejor de los casos unos siete años. Y en esos años con cuestiones referidas a hidrocarburos, energía, habrán hecho desastre.

Fuente: La Nueva Mañana