Neuquén, Salta y Santa Fe aplicarán impuestos especiales a quienes adhirieron al blanqueo de Milei
A poco de finalizar la segunda prórroga de la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos, los gobiernos de Neuquén y Salta formalizaron la aplicación de un impuesto especial sobre los contribuyentes que hayan adherido; y Santa Fe seguirá el mismo camino.
08/11/2024 PROVINCIASA poco de finalizar la segunda prórroga de la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos, los gobiernos de Neuquén y Salta formalizaron la aplicación de un impuesto especial sobre los contribuyentes que hayan adherido; y Santa Fe seguirá el mismo camino.
Neuquén y Salta impusieron dicho pago al mismo tiempo que suscribieron al régimen nacional.Foto: gentileza
A poco de finalizar la segunda prórroga de la primera etapa del blanqueo de capitales (o Régimen de Regularización de Activos), los gobiernos de Neuquén y Salta formalizaron la aplicación de un impuesto especial sobre los contribuyentes que hayan adherido. En tanto que Santa Fe planea seguir el mismo camino, mediante un proyecto de ley que será tratado en su legislatura provincial.
Neuquén y Salta impusieron dicho pago al mismo tiempo que suscribieron al régimen nacional.
La decisión de avanzar en esta línea se da sobre el cierre de la primera etapa del blanqueo, que el Gobierno nacional postergó hasta este viernes 8 de noviembre; y en medio de los datos positivos difundidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que precisó que ingresaron casi 105 mil contribuyentes que depositaron más de u$s19.000 millones.
Neuquén fue la primera provincia en introducir un impuesto al momento de adherir a la herramienta promovida por la administración de Javier Milei, en el marco de la sanción, por parte de la legislatura, de la Ley 3450, que generó la figura del Régimen Provincial de Regularización de Activos.
La norma establece que los contribuyentes que se adhieran al blanqueo nacional también lo deberán hacer con el homónimo provincial y tendrán que realizar el pago de un tributo especial a cambio de quedar eximidos de abonar Ingresos Brutos.
El esquema del impuesto provincial es similar a la escala establecida a nivel nacional, ya que variará según el momento de adhesión, gravando sólo cuando la exteriorización supere los u$s100.000, con una alícuota progresiva del 0,75% a 1,25%.
De esta manera, la carga será de un 0,75% sobre el excedente de u$s100.000 para quienes presenten la declaración jurada hasta el 30 de noviembre, del 1% sobre el excedente de u$s100.000 para quienes adhieran hasta el 31 de enero de 2025 y del 1,25% del excedente de u$s100.000 para quienes blanqueen hasta el 30 de abril del 2025.
En el caso de Salta, las cámaras legislativas sancionaron la ley 8461 que establece el Régimen Excepcional y Transitorio de Medidas de Alivio Fiscal, en el cual se incorporó la adhesión a la regularización de activos y se dispuso un impuesto especial sobre el mismo.
Al respecto, el artículo 16 de la norma provincial establece «un Impuesto Especial de Regularización equivalente al 10% del impuesto nacional que corresponda abonar en los términos del Capitulo IV del Titulo II de la Ley Nacional 27.743. el que no deberá ser ingresado en los supuestos especiales de exclusión de pago del impuesto nacional previstos en el Capitulo V del Titulo 1 de la citada Ley».
Además, el artículo 17 determina que «el decaimiento de los beneficios dispuestos por la Ley Nacional 27.743 o en su caso, la falta de pago del Impuesto Especial de Regularización dispuesto en el articulo precedente, privará a los sujetos de los beneficios dispuestos por la presente ley».
Por el lado de Santa Fe, la iniciativa aún no fue tratada en la legislatura, pero ya fue presentado el proyecto de ley que contempla un impuesto especial sobre el blanqueo, generando un crédito fiscal, a cuenta de Ingresos Brutos, para nuevos emprendimientos productivos y de construcción de viviendas.
Las condiciones del tributo también se asemejan a lo dispuesto a nivel nacional, al gravar los ingresos superiores a u$s100.000, aunque en este caso la alícuota se establece en un 2%, sobre el excedente.
El ministro de Economía santafesino, Pablo Olivares, precisó que «quienes paguen el 2%, podrán utilizarlo como anticipo de obligaciones fiscales que van a tener en el futuro» y reveló que «lo recaudado no quedará en las arcas provinciales, sino que será utilizado para otorgar beneficios impositivos a los contribuyentes que hayan cumplido con sus obligaciones en tiempo y forma».
Además, aseguró que «como un principio central, la adhesión al blanqueo provincial tendrá estrictos controles de seguridad para asegurar que no haya vínculos con actividades ilegales».
En relación al espíritu de la decisión señaló que «esta medida busca equilibrio: dar seguridad a quienes regularicen y premiar a los que cumplen, impulsando a su vez el crecimiento y la inversión en nuestra provincia».
La política de aplicar nuevos impuestos provinciales sobre un régimen de regularización de activos, ya se había dado en el blanqueo pasado durante el gobierno de Mauricio Macri, con la decisión de La Pampa de gravar todos los bienes sincerados, aplicando una alícuota del 1% sin considerar la ubicación de los bienes.
En aquél momento se apuntó que la norma cercenaba el principio de territorialidad tributaria, que limita la potestad fiscal de las provincias a la riqueza generada dentro de sus jurisdicciones, por lo que se iniciaron varias demandas que actualmente esperan un veredicto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Con este antecedente y a la espera de que la Corte se expida, los flamantes tributos provinciales sobre el actual blanqueo de capitales pueden derivar en nuevas presentaciones judiciales.